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Documento 32016D0030
Decision (EU) 2016/1974 of the European Central Bank of 31 October 2016 amending Decision (EU) 2016/810 (ECB/2016/10) on a second series of targeted longer-term refinancing operations (ECB/2016/30)
Decisión (UE) 2016/1974 del Banco Central Europeo, de 31 de octubre de 2016, por la que se modifica la Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10) sobre la segunda serie de operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (BCE/2016/30)
Decisión (UE) 2016/1974 del Banco Central Europeo, de 31 de octubre de 2016, por la que se modifica la Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10) sobre la segunda serie de operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (BCE/2016/30)
DO L 304 de 11.11.2016, p. 7/8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Vigente
11.11.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 304/7 |
DECISIÓN (UE) 2016/1974 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 31 de octubre de 2016
por la que se modifica la Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10) sobre la segunda serie de operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (BCE/2016/30)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 127, apartado 2, primer guion,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 3.1, primer guion, su artículo 12.1, su artículo 18.1, segundo guion, y su artículo 34.1, segundo guion,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 28 de abril de 2016, en cumplimiento de su mandato de mantener la estabilidad de precios y para seguir relajando las condiciones de concesión de crédito al sector privado y estimular la creación de crédito, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión (UE) 2016/810 del Banco Central Europeo (BCE/2016/10) (1). La presente Decisión detalla las normas aplicables a una serie de cuatro operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (TLTRO II) que se ejecutarán trimestralmente entre junio de 2016 y marzo de 2017. |
(2) |
A fin de evitar discordancias entre el plazo para que las entidades principales soliciten modificaciones en la composición del grupo TLTRO II conforme al calendario indicativo de TLTRO II publicado en la dirección del BCE en internet, y el plazo a que se refiere el artículo 3, apartado 7, letra a), de la Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10), el Consejo de Gobierno ha decidido que, si acepta cambios en la composición de un grupo TLTRO II de conformidad con el artículo 3, apartado 5, de la Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10), o se producen cambios de esta clase conforme al artículo 3, apartado 6, letras b) o c), de dicha decisión, las entidades principales podrán participar en TLTRO II con la nueva composición de su grupo TLTRO II una vez hayan recibido confirmación de su banco central nacional (BCN) de que se ha reconocido la nueva composición del grupo TLTRO II. |
(3) |
Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Modificaciones
La Decisión (UE) 2016/810 (BCE/2016/10) se modifica como sigue:
1) |
En el artículo 3, apartado 6, letra b), el inciso i) se sustituye por el texto siguiente:
|
2) |
En el artículo 3, apartado 7, la letra a) se sustituye por la siguiente:
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Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el 31 de octubre de 2016.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 31 de octubre de 2016.
Por el Consejo de Gobierno del BCE
El Presidente del BCE
Mario DRAGHI
(1) Decisión (UE) 2016/810 del Banco Central Europeo, de 28 de abril de 2016, sobre la segunda serie de operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (BCE/2016/10) (DO L 132 de 21.5.2016, p. 107).